Unidad de Gestión de Cobros

Coordinadora:

Lcda. Idania Peña Barahona

Asistentes:

Lcda. Leyla Cerdas Durán

Marilyn Montes Mora

Kevin León Alvarado (Notificador Tributario)

Contacto: Teléfono 27778300 ext 125 ó 126

Puede consultar sus estados de cuenta a los siguientes Correos:

ipena@muniquepos.go.cr

lcerdas@muniquepos.go.cr

mmontes@muniquepos.go.cr

kleon@muniquepos.go.cr


Servicios: 

Arreglos de pago

Estados de Cuentas

Inspección de Campo

Certificaciones de Pago


Información:

La Unidad de Gestión de Cobros, es la encargada de tramitar el cobro de los impuestos, tasas y servicios municipales incluidos en la base de datos municipal, efectuando la revisión y aplicación pertinente.

Dentro de las tareas que tiene a cargo esta unidad están las siguientes:

  • Recibir información de las diferentes áreas de trabajo, según los impuestos, tasas y servicios vigentes, para efectuar la revisión y aprobación respectiva que realiza cada dependencia.
  • Ejecutar el cobro de los impuestos y tasas municipales.
  • Gestionar el cobro judicial y extrajudicial de las cuentas atrasadas.
  • Mantener informados a los contribuyentes de las fechas de vencimiento de pago.
  • Velar por la actualización de la base de datos de cobros efectuando la coordinación con las diferentes dependencias de la Municipalidad.

Los administrados están en la obligación de mantener sus impuestos y servicios al día, por lo que se detalla a continuación las fechas de pago de cada uno de los impuestos y servicios.

El atraso en el pago de los Tributos  Municipales implica el recargo de intereses moratorios; así como la falta de pago de los mismos puede ser llevado hasta proceso de Cobro Judicial.


ACTUALIZACION DE DATOS: Es deber del administrado, tener actualizada la base de datos, con el número telefónico, correo electrónico y dirección, para poder llevar a cabo una buena gestión de cobro.

HORARIO DE ATENCION: Nuestras oficinas permanecen abiertas, de Lunes a Jueves de 7:am a 4:00 p.m. y los Viernes de  7:am a 3:00 pm, con jornada continua.

INCENTIVO: Con base en el artículo 25 de la ley de Bienes Inmuebles (Ley N° 7509 y sus  reformas Ley N° 7729)  así como con base al artículo No.78 del Código Municipal el cual indica en el tercer párrafo lo siguiente: “La Municipalidad podrá otorgar incentivos a los contribuyentes que en el primer trimestre cancelen por adelantado los tributos de todo el año”.

FORMAS DE PAGO: Pueden realizar el pago en las cuentas que se detallan a continuación, anotando solo, el número de cedula o finca a quien pertenece el tributo respectivo.